Se aprueba Ley de extensión de encapsulamiento en Montero hasta el día miércoles 29 de abril 2020.

El pleno del Concejo Municipal, aprobó en la sesión de hoy la Ley Nº 228 con ocho votos de aprobación y tres abstenciones, esta normativa tiene como objetivo EXTENDER, el Encapsulamiento Municipal, en la Jurisdicción de Montero, hasta el día miércoles 29 de abril de 2020, como medida extrema, para prevenir y paralizar el avance y contagio del COVID-19.
(DÍAS DE ABASTECIMIENTO) Se establece los días de abastecimiento de alimentos en la ciudad de Montero, a través de los mercados móviles y centros de comercialización privados, cumpliendo todos las medidas de bioseguridad, en los diferentes Distritos Municipales, de la misma manera como se realizó la anterior semana, conforme a lo establecido en la Ley Municipal N° 227, empezando por el Distrito 5 el día lunes 27 de abril de 2020; martes 28 de abril salen los Distritos 1 y 3; y el día miércoles 29 de abril de 2020 salen los Distritos 2, 4, 6, 7 y 8; en el horario de 06:00 hasta las 18:00, las mujeres salen por las mañana y los varones por las tardes, (según Infografía a publicar en los medios de comunicación y redes sociales); se prohíbe la circulación vehicular, y los demás Distritos mantienen el Micro-encapsulado.
Todos los bancos y entidades financieras, abrirán sus puertas y atención al público, los días lunes 27 a miércoles 29 de abril de 2020, en horarios establecidos por la ASFI; atenderán a los vecinos por Distrito, con los pagos de los bonos correspondientes, según el día que les corresponda.
Aquí te lo mostramos la Ley No 228.

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El pleno del Concejo determinó por unanimidad pasar al ejecutivo una Minuta de Comunicación.

Recomienda al ejecutivo municipal, disponer de manera #inmediata la adquisición de Equipos de Protección de Bioseguridad Personal, que cumpla las especificaciones técnicas de protección ante infecciones virales, para dotar de dichos equipos a todo el personal de salud del municipio de Montero, que está atendiendo a personas que contraen el COVID – 19, y demás enfermedades propias de la época. Material que debe ser entregado al personal de salud del hospital Alfonso Gumucio Reyes, Pediátrico Rene Balderas López y demás centros de salud de Primer Nivel de los diferentes distritos del municipio, incluido al personal de limpieza. El equipo debe consistir en: Barbijos N-95, gafas de protección ocular y máscaras de protección facial, ambos con sellado que cubra herméticamente el rostro; guantes y mandiles o batas y botas desechables para protección corporal. Recordándole que en su condición de Máxima Autoridad Ejecutiva del Municipio, es su obligación realizar las actividades, acciones y medidas necesarias para la prevención y contención del COVID – 19, y proteger al personal humano que atiende esta pandemia.
Esta minuta fue aprobado por unanimidad d ellos ediles en la sesión de hoy jueves 16/04/20

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