MODIFICACIÓN DEL CÓDIGO TRIBUTARIO REBAJA MULTAS E INTERESES

PN16052016192342El ministro de Economía, Luis Arce, anunció el lunes que el proyecto de Ley para modificar el Código Tributario tiene una nueva fórmula para beneficiar con rebajas de multas e intereses a contribuyentes que no pagaron adecuadamente sus tributos al Servicio de Impuestos Nacionales (SIN), que estará vigente hasta el 31 de diciembre de este año.

En conferencia de prensa, recordó que la semana pasada se remitió ese proyecto de Ley a la Asamblea Legislativa Plurinacional para su revisión.

«Creemos que con esta fórmula se beneficiará a quienes han estado cuestionando el Código Tributario porque era muy rudo en el cálculo de intereses y multas por no haber pagado adecuadamente al Servicio de Impuestos Nacionales, pero se les está dando la ventaja de regularizar, de pagar al SIN lo que les corresponde y beneficiarse de los descuentos tanto al 31 de diciembre de esta gestión», explicó.

Dijo que en ese proyecto de Ley se calcula la tasa de interés de 4%, para los primeros cuatro años, 6% hasta el sexto año, 8% hasta el octavo año y así sucesivamente hasta el décimo año con 10% de interés.

«Vale decir que esta es una fórmula que va premiar a quienes rápidamente puedan resarcir sus deudas con el fisco con Impuestos Nacionales y por supuesto van a tener una tasa de interés, tenemos un máximo de 10%, el anterior código podía legar a 12, 15 o 20% dependiendo que ocurra con la tasa de interés que determine el sistema financiero y un piso de 3%», detalló.

Precisó que la segunda diferencia con la antigua norma tiene que ver que otorgará el beneficio de «arrepentimiento eficaz», el cual establece hasta un plazo de 10 días, para que el contribuyente rectifique y pueda corregir su declaración si está mal, antes de que sea fiscalizada por el SIN.

Recodó que con la actual norma se incrementan las multas, por ejemplo, si el contribuyente no pagó en la fecha de vencimiento y quiere pagar hasta la orden de fiscalización la multa es del 20%, sobre el tributo omitido.

Dijo que en la actual norma si no paga pasa a una resolución administrativa que establece una multa de 40%, si no cumple, pasa a recurso de alzada donde la multa es de 60%, si no cumple esa disposición pasa al recurso jerárquico y debe pagar una multa de 100% y luego pasa órgano judicial.

No obstante, el Ministro de Economía informó que con la modificación de la Ley, si vence el plazo de pago el contribuyente tendría una multa única de 20% y se incrementaría hasta 40% si pasa al órgano judicial.

«Supongamos pero si el contribuyente no paga la deuda y si Impuestos Nacionales emite la resolución determinativa de cuanto le debe pagar al fisco y ahí para resolver el tema el contribuyente debería pagar únicamente una multa de 20% antes era de 40% está reduciendo al 20%», puntualizó.

Arce agregó que la norma tendrá un incentivo adicional para los contribuyentes que regularicen su situación hasta el 31 de julio con un descuento de 10% y hasta el 30 de septiembre un descuento adicional de 5%.

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